El artículo 17 del Reglamento general de protección de datos de la Unión Europea establece el derecho al borrado de los datos personales (‘derecho al olvido’, RTBF). Sin duda, las leyes de privacidad de datos y las diferentes formas de RTBF no son exclusivas de la Unión Europea.
Introducción
Otros sistemas legales, como Brasil, Australia o Canadá, tienen reglas similares o más estrictas. Pero tales leyes exceden el alcance de este blog, que se ocupa únicamente del RTBF de la Unión Europea.
El RTBF se aplica sólo a los datos personales: Nombre, fecha de nacimiento, identificador del gobierno, dirección residencial, empleador, educación, número de cuenta bancaria, número de tarjeta de crédito, tipo de sangre, género, orientación sexual, estado civil, idioma, discapacidad, religión, etc. Más en general, puede aplicarse a cualquier información que, cuando se considere solo o en combinación con otros en posesión de un recopilador de datos, pueda identificar al interesado.
Dicho esto, el RTBF no le otorga al interesado el derecho absoluto de borrar sus datos cuando lo desee. Por ejemplo, al solicitar una hipoteca, el prestatario puede proporcionar de forma consensuada al prestamista todo tipo de información personal relevante para que la conserve al menos durante la duración del préstamo, en cuyo caso el prestatario no tiene RTBF. De manera más general, el RTBF no se aplica a los datos no personales. No garantiza la privacidad, por ejemplo, sobre el precio que se paga para comprar una propiedad inmobiliaria determinada. Dicha información puede estar protegida por contrato, pero no bajo la RTBF u otras leyes de privacidad de datos.
Mi enfoque
En las jurisdicciones estrictas de privacidad de datos, la regla básica sobre el almacenamiento de datos personales requiere que los mismos deben: Almacenarse o procesarse con el consentimiento específico del interesado, y por otro lado, etiquetarse y asociarse claramente con dicho consentimiento. Cómo se implementan estos requisitos de consentimiento y etiquetado es un tema muy importante y desafiante, pero no es mi enfoque aquí. Tampoco es mi objetivo explicar en qué casos se mantendrá el RTBF en una jurisdicción determinada.
Mi atención se centra en los datos personales que, después de haber estado disponibles (por cualquier motivo), deben borrarse (sin importar cómo, por qué y ni por quién se solicite).
Más precisamente, mi enfoque está en el cumplimiento de RTBF para cadenas de bloques verdaderamente descentralizadas y sin permisos en general, y para la cadena de bloques Algorand en particular.
Acceso al documento completo en ingles: Aqui.
Este artículo ha sido escrito originalmente por Silvio Micali en el «Community Blog» de Algorand y traducido por AlgoLatam.
Original Article: https://www.algorand.com/resources/blog/right-to-be-forgotten
Aviso de responsabilidad:
Este artículo no contiene consejos financieros, ni recomendaciones de inversión de ningún tipo. La información brindada se ofrece sólo con fines educativos y didácticos en cuanto a tecnología Web3 y análisis sobre sus casos de uso.
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